1.-INFORMACIÓN
INICIAL
·
El Proyecto de la Ley de Calidad de la Enseñanza se puede consultar
en la página del Ministerio de Educación: www.mec.es.
Las disposiciones referidas al Cuerpo de Catedráticos son las
adicionales 11, 12 y 13.
·
Hasta ahora, las acciones llevadas a cabo por la Coordinadora de Porfesrores
de Secundaria de Madrid han sido: la convocatoria de una asamblea informativa
el 13 de junio, la elaboración de una carta de protesta con el
objetivo de recoger firmas de adhesión, la elaboración
de un manifiesto en el que se expone nuestra opinión sobre la
creación del Cuerpo de Catedráticos y que está
siendo entregado a los representantes de los distintos grupos políticos
con los que nos estamos entrevistando, tanto a nivel del Parlamento
nacional como a representantes de la Asamblea Parlamentaria de Madrid,
así como a los sindicatos y los medios de comunicación
(tanto prensa nacional como educativa).
·
Las acciones futuras serán: continuar esas entrevistas con grupos
parlamentarios y sindicales, hacer llegar a la Ministra las firmas de
las que hasta ahora disponemos (unas 900), convocar una nueva asamblea
para el mes de septiembre, continuar extendiendo la información
y la búsqueda de adhesiones a nuestra protesta.
·
En el documento que os mandamos se incluyen los distintos escritos que
hemos elaborado y difundido:
- Manifiesto
de la Coordinadora de Profesores de Enseñanza Secundaria
- Conclusiones
de la Asamblea de Profesores de Secundaria
- Carta
de protesta para la recogida de firmas.
·
Os sugerimos que, en la medida posible, hagáis llegar esta información
a todos los compañeros que podáis, y pongáis en
marcha medidas similares a las que nosotros estamos llevando a cabo,
tanto a nivel local, comunitario y en relación con el MEC (enviándoles
escritos de protesta como el que aparece más abajo), con el fin
de que nuestra protesta tenga la máxima difusión y pueda
ser tenida en cuenta.
2.-MANIFIESTO DE LA COORDINADORA DE PROFESORES DE ENSEÑANZA
SECUNDARIA
La Asamblea de Profesores de Enseñanza Secundaria, reunida por
la Coordinadora de tales docentes en el IES "Cervantes" de
Madrid el día 13 de junio, manifiesta su total discrepancia acerca
de las disposiciones adicionales 11, 12 y 13 del Proyecto de Ley de
Calidad de la Enseñanza y quiere dejar patente su posición
al respecto.
Entre las "novedades" que incorpora el Proyecto de Ley de
Calidad de la Enseñanza está la creación del Cuerpo
de Catedráticos. Actualmente existe la figura del catedrático
pero no constituyen un Cuerpo aparte, sino que están integrados
en el de Profesores de Secundaria, siendo su origen diverso, pues algunos
accedieron a la cátedra por oposición, otros por concurso
de méritos y otros alcanzaron la condición de catedrático
por méritos y defendiendo un tema de su elección y una
memoria.. Ante la nueva situación que plantea el Proyecto de
Ley nos preguntamos: ¿es que hay alguna necesidad de crear tal
cuerpo?; ¿supone un estímulo para la promoción
del profesorado?; ¿mejora la convivencia en los Departamentos?,
y, en último término, ¿supone un elemento de calidad
para la Enseñanza Secundaria? A todas estas preguntas la respuesta
es "no":
· No es necesario crear un Cuerpo de Catedráticos porque
todo nuevo Cuerpo ha de crearse en virtud de funciones singulares y
esta condición no se da, ya que las funciones que se atribuyen
en preferencia o en exclusiva a los catedráticos son desempeñadas
ahora mismo por los profesores del Cuerpo de Secundaria, ya que les
son propias, así como por, en los centros en que existen, los
profesores con la condición de catedráticos. Si estas
funciones ya están siendo desempeñadas por los profesores
del Cuerpo de Secundaria, ¿qué sentido tiene crear un
Cuerpo sin funciones propias?. ¿Es que los Profesores de Secundaria
no imparten adecuadamente las enseñanzas de Bachillerato o no
ejercen eficazmente la jefatura del Departamento?¿O es que la
necesidad no tiene un sentido pedagógico sino que se fundamenta
en otras intenciones exclusivamente jerarquizantes y antidemocráticas?
· Por otra parte, la creación del Cuerpo de Catedráticos
no supone un estímulo para la promoción del profesorado
sino, por el contrario, es un freno a la misma. Anula la idea de carrera
docente donde el adquirir la condición de catedrático
podía ser un incentivo para los profesores con una experiencia
docente y unos méritos conseguidos a lo largo de la misma. Ese
reconocimiento les permitía una mejora en su retribución
económica y la preferencia a la hora de ejercer la Jefatura del
Departamento, pero no llevaba aparejada la pérdida de su plaza
de destino.
La propuesta del gobierno va contra la idea de carrera docente, contra
la idea de promoción del profesorado. Los profesores ya han superado
una oposición sobre contenidos de su materia que es lo que les
faculta para impartirla, ¿por qué un nuevo examen sobre
esos contenidos en función de un temario que fijará el
gobierno?. Además de superar esa nueva oposición el profesor
que apruebe deberá concursar a una plaza de catedrático
entre las que se creen en centros en los que no exista tal figura, y
esa situación sólo se da en localidades alejadas y/o pequeñas,
teniendo que desplazarse y perdiendo con ello la suya de Secundaria.
El número de plazas que se creará será muy pequeño
puesto que sólo habrá un catedrático por Departamento
y los que aún no disponen de ellos son pocos y están,
como hemos señalado, en lugares alejados. En este momento el
acuerdo sindical era llegar, al menos, a un 30% de profesores con la
condición de catedráticos. La entrada en vigor de la Ley,
tal como aparece ahora, supondrá una restricción del número
de plazas y, por ello, un ahorro económico para el Ministerio.
¿Supone por tanto un incentivo para el profesor el acceder al
nuevo Cuerpo de Catedráticos? No, porque se dificulta el acceso,
se reduce el número de plazas y supone cambiar de centro.
Por otro lado, la función más peculiar del Cuerpo de Catedráticos,
puesto que es la que ejercerán en exclusiva, es la Jefatura del
Departamento. Para que tal jefatura sea eficaz, debe asumirla un profesor
que tenga experiencia y un claro conocimiento de cómo funciona
un centro ya que desde tal puesto se ha de coordinar la elaboración
de la programación del Departamento, las relaciones entre los
ciclos, se ha de impulsar la formación, asegurar las vías
de comunicación entre los mienbros del Departamento y entre éste
y el resto de los órganos que constituyen el centro... Y sin
embargo, según el proyecto de ley, la Jefatura puede ser asumida
por un recién licenciado que no tenga ninguna experiencia docente.
¿Por qué no dejar la posibilidad de que los profesores
de Secundaria puedan ejercer la jefatura de los Departamentos, manteniendo
la preferencia actual de los Catedráticos para tal tarea?
· No mejora la convivencia en los Departamentos, y por extensión
en los centros, sino que la enrarecerá. En primer lugar porque
el Proyecto vulnera un derecho adquirido por los profesores de Secundaria
al haber aprobado su oposición y es el impartir toda la etapa
de Secundaria, tanto el tramo obligatorio (ESO), como el no obligatorio
(Bachillerato), ya que otorga la preferencia para impartir Bachillerato
a los catedráticos. ¿Cómo se puede vulnerar un
derecho adquirido otorgando un privilegio a un grupo, y en virtud de
qué "criterio de calidad" se comete esa ilegalidad?
Profesores que llevan años impartiendo Bachillerato pueden verse
marginados de esta docencia para la que están facultados por
la oposición ganada y la experiencia acumulada. Este hecho es
un agravio que además puede verse acrecentado por el hecho de
los posibles desplazamientos que la puesta en marcha de la ley puede
traer aparejados, ya que a los Departamentos sin catedráticos
actualmente llegará uno (ya que se le reserva la exclusiva dirección
del mismo) y esto supondrá el desplazamiento del último
profesor. Asimismo se plantea el problema de qué ocurrirá
en los Departamentos que ya cuentan con varios catedráticos:
¿cómo se regularán aspectos como la jefatura, los
horarios, las retribuciones? ¿habrá desplazamientos de
estos profesores?
· Su creación, en fin, no supone un elemento de calidad
para la Enseñanza Secundaria porque eso se logra por otras vías
como la atención más individualizada a los alumnos ( a
través, por ejemplo de los programas de diversificación
que han demostrado su eficacia y que esta ley suprime), la garantía
de una formación básica común para todos (a partir,
por ejemplo, de refuerzos, desdobles, adaptaciones curriculares, que
se reducen drásticamente), el cambio en las estrategias didácticas
hacia apuestas por una enseñanza que lleve a "pensar"
y no sólo a "recordar" (que no aparecen ni mencionadas),
la disminución de la ratio de alumnos por aula para un mejor
seguimiento de los mismos (que ni se cita), el apoyo a la formación
del profesorado (que ni se contempla en la memoria del presupuesto).
En fin, casi todo se puede traducir en cifras y éstas, no sólo
no aumentan, sino que disminuyen.
Nos preguntamos
por tanto ¿por qué esta medida?, ¿a quién
beneficia realmente? ¿No será fruto de la presión
de un grupo de catedráticos que han encontrado eco entre altos
cargos del Ministerio y se han movido egoistamente por acaparar funciones
en su exclusivo beneficio y no pensando ni en las posibilidades de promoción
de sus compañeros de Secundaria ni mucho menos en la calidad
de la enseñanza? La creación del Cuerpo de Catedráticos
ha llevado al Ministerio a delimitar para él funciones propias,
cambiar la fórmula de acceso y abrirlo a la oposición
libre incurriendo en graves perjuicios hacia la mayoría del profesorado
del Cuerpo de Secundaria y sin que ello suponga beneficios para el funcionamiento
de los Departamentos ni de los centros. Por todo lo anterior consideramos
un grave error la creación del Cuerpo de Catedráticos
que, lejos de ser una "medida de calidad" que venga a mejorar
la situación actual, se convierte en fuente de agravios y origen
de conflictos y malestar al cambiar la actual democracia interna de
los Departamentos por un modelo jerarquizante e injusto.
3.-CONCLUSIONES
DE LA ASAMBLEA DE PROFESORES DE SECUNDARIA
Reunida
la Asamblea de profesores de Enseñanza Secundaria en el IES "Cervantes"
de Madrid el día 13 de junio manifiestan su total discrepancia
acerca de las disposiciones adicionales 11, 12 y 13 del proyecto de
la Ley de Calidad y acuerdan lo siguiente:
1. Seguir
recogiendo firmas de los Claustros de los IES contra las tres disposiciones
adicionales mencionadas.
2. Solicitar a todos los compañeros/as que se envíe individualmente
el texto que a continuación incluimos a las siguientes direcciones:
· www.mec.es (entrando en "últimas noticias sobre
la Ley de Calidad" y de ahí a "envíe su opinión
sobre el Anteproyecto").
· Oficina de Atención al Ciudadano de Madrid: a la atención
de la Sra Rodríguez Marín. Fax: 91/310 28 62.
· coordinamadrid yahoo.es (aquí también para cualquier
contacto o sugerencia con la Coordinadora de Secundaria)
Manifiesto
mi total desacuerdo con las disposiciones adicionales 11, 12 y 13 del
Anteproyecto de la Ley de Calidad ya que estoy en contra de la creación
del Cuerpo de Catedráticos, de los requisitos de acceso y de
las funciones que se les atribuyen, como la preferencia para impartir
Bachillerato, el carácter exclusivo de la jefatura del Departamento...
4.- CARTA DE PROTESTA PARA LA RECOGIDA DE FIRMAS
A LA ATENCIÓN
DEL CLAUSTRO DE PROFESORES
Reunidos
un grupo de profesores de diferentes Institutos de Enseñanza
Secundaria de todas las Direcciones de Área Territoriales de
la Comunidad de Madrid para tratar los asuntos que nos afectan de la
carrera docente del profesorado de enseñanza Secundaria, manifestamos
nuestra discreapncia, independientemente de nuestra opinión sobre
el conjunto del Proyecto de la Ley de Calidad, acerca de las Disposiciones
adicionales 11,12 y13.
Nuestro
objetivo es recabar vuestro apoyo para sensibilizar al profesorado y
pedir a nuestros representantes sindicales, autoridades competentes,
Consejo Escolar del Estado y medios de comunicación, que dichas
disposiciones queden derogadas.
Disposiciones
11 y 13: No estamos de acuerdo en la creación del Cuerpo de Catedráticos
tal como se plantea en el Proyecto de la Ley de Calidad, ni en la preferencia
de este cuerpo para impartir Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado
Superior porque lesiona los derechos adquiridos para todo el profesorado
que ya ha superado una oposición para impartir docencia en toda
la etapa, obligatoria y postobligatoria.
Tampoco
estamos de acuerdo con el ejercicio con carácter exclusivo de
la Jefatura de Departamentos didácticos. Consideramos que estas
funciones exclusivas y preferentes de los catedráticos crearán
enfrentamientos innecesarios y desigualdades injustificadas en los claustros,
así como posibles desplazamientos de profesores en aquellos Departamentos
en que no existan catedráticos. Todo ello, lejos de resultar
un "revulsivo para dinamizar los centros" puede crear un clima
muy negativo y contrario a la calidad pretendida.
Disposición
12: No estamos de acuerdo con el acceso directo y sin experiencia docente
a la condición de catedrático ya que desvirtúa
claramente el sentido de la carrera docente.
Estamos
en absoluto desacuerdo con el requisito de acceso a la condición
de catedrático para el profesorado de Secundaria que establece
la "exposición y debate sobre un tema de su especialidad
elegido por sorteo, de un temario fijado previamente por el gobierrno..."
Por todo
ello manifestamos nuestro malestar a la Administración Educativa
y solicitamos firmas de apoyo a este escrito.
Al mismo
tiempo os convocamos a una reunión para discutir estos temas
y presentar alternativas el jueves 13 de junio a las 18'30 horas en
el IES "Cervantes", c/ Embajadores 70, Madrid.
Os pedimos
que deis la máxima difusión a este escrito en vuestro
instituto y que lo hagáis llegar a otros compañeros/as
de otros centros así como que las firmas que recojáis
las enviéis por correo, antes del 7 de junio a la atención
de Fermín Asensio: IES "María Zambrano"; c/
Alpujarras 52, 28915 Leganés (Madrid).
Envía
tu nombre, DNI, IES donde trabajas y firma.